La nueva constitución establece a la educación como derecho garantizado por el Estado, pero el resultado de erigir la educación como derecho garantizado por el gobierno es el que vemos en todo lugar del mundo: servicios educativos de mala calidad, contenidos y enseñanza politizados, pedagogía y métodos obsoletos, mafias sindicales administrando el sistema, altos índices de fracaso escolar, mala preparación de los egresados para etapas laborales o educativas posteriores, y sobretodo, el derecho individual a la propiedad violentado. Los malos resultados de la educación estatal varían en intensidad de país a país, por ejemplo Alemania tiene una buena educación universitaria estatal, no obstante una sola universidad privada, la Universidad de Chicago, posee más premios Nobel (81 premios) que toda Alemania (78 premios Nobel, y no todos egresaron de universidades estatales). Es decir, los mejores ejemplos de educación estatal en el mundo pueden ser -y son- opacados por una sola entidad privada prestigiosa.
Los malos resultados de la educación pública se resumen en una razón: los funcionarios estatales no obedecen a incentivos de mercado para ofrecer un buen servicio, porque se gana lo mismo dando un buen o mal servicio. En cambio, los proveedores privados necesitan mejorar siempre sus servicios si desean obtener utilidades y prestigio, los educadores privados que brindan a sus demandantes mejor relación calidad/costo prevalecerán en el mercado mientras que los que no ofrecen calidad serán lenta o rápidamente desplazados del mercado.
Además el l artículo 27 del texto propuesto mantiene la censura de contenidos vigente en la educación ecuatoriana que ya norma qué libros de enseñanza pueden o no ser utilizados de acuerdo a las preferencias de los burócratas del Ministerio de Educación, continuarán siendo estos funcionarios los que determinarán que textos y procesos caben dentro de los conceptos de "democrático, participativo, de calidad y calidez; intercultural, incluyente y diverso" o que impulsen "la equidad de género, la justicia, la solidaridad y la paz;". El artículo anterior podrá eventualmente interpretarse como el fin de enseñanza de deportes como la lucha grecorromana, la esgrima o el tiro con arco debido a las connotaciones bélicas o de fuerza de estos deportes, de hecho, incluso ningún deporte podría enseñarse ya que la educación deberá ser "solidaria" y lo que prima en el deporte, en los concursos de conocimientos o en los exámenes, es la competencia. También estarán en entredicho los clubes de ciencias, deportes, literatura o pasatiempos ya que se impone una política de "inclusión" cuando los clubes escolares son por esencia discriminatorios en cuanto a la admisión de sus integrantes.
El artículo 28 obstaculiza la búsqueda de calidad educativa, objetivo primordial de los servicios educativos, debido a que "Se garantizará el acceso universal, permanencia, movilidad y egreso sin discriminación alguna". Pero garantizar la permanencia sin discriminación hace forzosa la estancia de un estudiante en una institución contra la voluntad de los propietarios de esta. Expulsar a un estudiante por violar las normas institucionales de conducta o de resultados será un imposible con la nueva constitución si se aprueba, y la institución y estudiantes tendrán que soportar a un maleducado, vago o enfermo en las aulas sin posibilidad de remitirlo a una institución más apropiada o al cuidado y control de sus padres. Así mismo, garantizar el egreso de un estudiante "sin discriminación alguna" facilitaría que cualquier estudiante sin al menos superar un mínimo de calificación requerida, se gradúe de un establecimiento sin la preparación necesaria para continuar posteriores etapas de aprendizaje o atender una carrera profesional. La nueva constitución garantiza que el proceso educativo se convierta en una fuente de profesionales y personas mediocres, convirtiendo al país en una nación menos competitiva, llena de votantes sin criterio pero no de ciudadanos plenamente formados.
Se dice que la educación preparará personas para una vida cultural, para estimularla iniciativa individual y comunitaria, el desarrollo de competencias y capacidades para crear y trabajar. Sin embargo el Artículo 28 pone en entredicho la capacidad del sistema educativo para alcanzar este logro. Además en posteriores capítulos de la constitución la economía pasa a manos del Estado por lo que la educación formará trabajadores obedientes y no empleados competentes, formará administradores políticamente hábiles y no valerosos empresarios que asuman riesgos. Sobre estos, gobernará una reducida camarilla con el poder de forzar y coercionar, no de gobernar ejerciendo justicia.
Nota: Este post es un resumen de un análisis completo del articulado sobre "Derecho a la Educación" de la constitución propuesta, en cuatro capítulos disponibles en Diario El Federalista: Parte I, Parte II, Parte III y Parte IV.