Sin embargo no considero que el aborto sea en sí un asesinato, sí una práctica inmoral como torturar animales por placer y una práctica dañina para la salud personal como el abuso de drogas. Pero la ley no debe normarse para dictar la moral y las buenas costumbres, la ley sirve para castigar atentados contra los derechos individuales.
Este mismo es el problema, un feto no es un ser humano con plenos derechos, un embrión o un feto es un ser vivo que se convertirá en un ser humano una vez fuera del útero de la madre, de modo que interrumpir el embarazo no convertiría a la gestante en homicida pues estaría ejerciendo un derecho sobre su propia vida. La ley debe proteger la vida de un ser humano pero no puede considerarse un ser humano a una vida que no ha llegado al mundo, siendo esta una posibilidad. La ley en cualquier caso no puede defender posibilidades futuras sino hechos concretos pasados. La ley puede castigar el infanticidio pero no puede castigar la muerte de un no-nato (se requiere primero encontrarse en el mundo para poder existir o ser asesinado). La ley tampoco debe forzar a una mujer a gestar y dar a luz contra su voluntad, la ley no puede de forma alguna regular lo que las personas hacen con sus propios cuerpos excepto si estas acciones dañan a otros (cuando me refiero a "otros" me refiero a personas ya nacidas, sujetos de derechos).
Se ha querido normar el aborto mediante la fijación de lapsos de tiempo específicos en los cuales se pueda abortar legalmente e ilegalizar cualquier lapso posterior. Pero fijar una fecha para legalizar el aborto es arbitrario aunque el 90% de los casos de aborto suceden durante las primeras doce semanas. ¿Podemos tomar esta costumbre como fuente legal? considero que no, sigue siendo un parámetro muy arbitrario e ignora la voluntad de la mujer gestante, en realidad cualquier lapso de tiempo normado legalmente deja de lado la opinión y legítimo derecho de la mujer sobre su propio cuerpo.
El desarrollo del sistema nervioso del feto ocurre entre las semanas 16 y 25, esto implica que la criatura en gestación en ese lapso se vuelve procesante de información y sensible a estímulos si bien no necesariamente conciente de sí mismo. ¿Definimos esta capacidad en este lapso de tiempo como inicio de una vida humana? ¿es este ya un individuo? utilizar esta capacidad biológica como parámetro de lo que se considera un ser humano también es arbitrario pues no todos los fetos desarrollan similares capacidades mentales, muchos son los que nacen con discapacidades mentales y con este parámetro quedarían al márgen de ser considerados seres humanos una vez nacidos (de hecho personas sanas no utilizan sus capacidades mentales, mas con abundante financiamiento -incluso de terroristas- han logrado ser mandatarios y asambleístas).
En realidad un feto se encontraría en calidad de objeto de derechos y no sujeto de derechos. Un feto no es un ser humano aún y no es siquiera una vida independiente. Al no estar presente en el mundo no puede ser representado legalmente, no puede decidir y tener efecto sobre nadie, y desde luego no tiene relación contractual de ningún tipo, no es contabilizado en ningún censo y nadie puede representarlo para adquirir bienes y servicios de terceros, nadie en su representación puede por ejemplo contratar seguros (en realidad los seguros cubren a sus padres), etc. Para efectos legales es la gestante quien posee total derecho sobre su propio cuerpo y sobre lo que se encontrase dentro de él, y en el caso de que un tercero provocase la muerte del feto, la gestante podría demandar al perpetrador por daños y perjuicios a su cuerpo, pero no por asesinato.
A mi juicio la ley no debe penalizar el aborto pero tampoco normar facilidades para quienes deseen abortar como subsidios o ayudas gubernamentales de cualquier índole. Tampoco los embarazos deseados deben ser subsidiados pues toda ley de esta índole vulnera el principio de igualdad ante la ley al beneficiar a mujeres en detrimento de hombres y a las mujeres embarazadas en detrimento de las que no lo están o nunca lo han estado o estarán. Creo sí que la beneficencia privada puede cubrir a las madres pobres que deseen dar a luz y hasta existirán beneficencias que pueden garantizar abortos sin riesgo para la mujer (no esperen eso sí ninguna moneda mía). Tampoco el Estado debe normar las intervenciones que pueden o no hacer los hospitales privados o clínicas, que esto sea política de cada institución mientras no contravenga los derechos de un tercero (para ser un "tercero" se requiere primero haber nacido).
Sí nos cabe como ciudadanos hacer juicios de valor sobre las personas que aborten y sobre las instituciones que realicen estos procedimientos, sin generalizar los casos, ni usar la violencia, el fraude o la coerción. Sí nos compete como ciudadanos que nos interesan estos temas, promover una mejor educación sexual en las instituciones privadas (la educación estatal está condenada y no hay cura salvo su privatización). Nos compete como ciudadanos promover una cultura de la responsabilidad personal sobre nuestras acciones.